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DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y DOCENTES

DERECHOS GARANTIAS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS

 

Artículo 1

 

En la U. E. P. Patriotas de Venezuela se reconoce a todos los alumnos el ejercicio personal de sus derechos y garantías, de manera progresiva y conforme a su capacidad evolutiva, de la misma forma se exigirá el cumplimiento de sus deberes (LOPNA ART 13)

 

Artículo 2

 

Los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescente reconocidos y consagrados en la LOPNA solo pueden ser limitados o restringidos mediante ley, de forma compatible con su naturaleza y los principios de una sociedad democrática y para la protección de los derechos de las demás personas (LOPNA ART 14).

 

Artículo 3

 

La inscripción en el área inicial (maternal), podrán realizarse en todo el periodo de año, solo se verá limitada dicha inscripción si se supera el número de alumnos establecidos para el salón. En el área de preescolar, solo serán admitidos los alumnos en el periodo (Julio- Agosto), salvo que el alumno venga de otra institución escolar con el debido boletín informativo y no supere la cantidad de alumnos establecido para el salón.

 

Para formalizar la inscripción, el representante deberá asistir al colegio junto con su representado para una entrevista, donde consignara todos los recaudos exigidos, allí se les hará entrega de la lista escolar, acuerdos de convivencia, calendario escolar, y lista de útiles personales en el caso de Nivel Inicial.

 

 

DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS ALUMNOS

 

Artículo 4

 

El educando debe ser inscrito por su representante legal u otra persona plenamente autorizada con previa entrevista con el personal directivo.

 

Artículo 5

El cupo por sección será de 25 alumnos dependiendo del área

 

Artículo 6

 

El Centro de Educación Inicial Patriotas de Venezuela, reconocerá como representante legal del educando, para los efectos de inscripciones, retiros, citaciones u otros a la persona que aparece con la firma y cedula correspondiente en el registro o ficha del alumno.

 

Artículo 7

 

La matricula del Centro de Educación Inicial Patriotas de Venezuela, atenderá prioritariamente a los hijos de los trabajadores y residentes del sector geográfico tomando en cuenta el espacio físico del aula.

 

Artículo 8

 

La dirección de la institución participara a los padres, representantes y comunidad local las fechas correspondientes al periodo de inscripción mediante circulares

 

Artículo 9

 

Utilizar los servicios educativos existentes en el plantel que permitan obtener una educación de la más alta calidad (Art. 53 LOPNA)

 

Artículo 10

 

Recibir atención educativa en el año escolar durante 200 días hábiles (Art. 49 LOE)

 

Artículo 11

 

Ser orientados justa y oportunamente en los problemas personales, académicos, como en su conducta personal, por las autoridades académicas.

 

Artículo 12

 

Debe contar con las oportunidades y servicios educativos que le conduzcan a una formación integral de acuerdo con los ideales del plantel, de tal forman que puedan desarrollar su personalidad y alto sentido de solidaridad social.

 

Artículo 13

 

Exigir respeto de sus docentes, compañeros de estudios, y demás miembros que laboren en la institución, tanto dentro como fuera de ella, acorde a la consideración debida a la dignidad humana (Art. 56 LOPNA)

 

Artículo 14

 

Participar opinar y ser oído en todas las actividades educativas, científicas, recreativas, deportivas y culturales del plantel conforme  a las normas que lo reglamenten (Art. 55 y 80 parágrafos 1 y 2 LOPNA).

 

Artículo 15

 

Las actividades académicas comienzan cada día a las 7:00 am., y tendrá su culminación a las 12:00 pm. (alumnos de medio turno) y 3:55 pm. según el turno que corresponda al alumno (alumnos turno completo).

 

Artículo 16

 

La inasistencia a las actividades escolares durante uno o más días, deberá ser justificada por uno de sus padres o representante. Si la inasistencia es causada por enfermedad y de más larga duración se debe consignar constancia medica ante el coordinador o docente.

 

 

DE LOS DEBERES DE LOS ALUMNOS

 

 

Artículo 17

De los deberes de los alumnos

 

  • La puerta de entrada al plantel se cerrara a las 7:00 am., y se iniciara el acto cívico a la Bandera Nacional en correcta formación, se entonara el Himno Nacional y si la ocasión lo amerita se realizaran otros actos cívicos patrióticos decreto 743 gaceta oficial 30.620 del 12-02-1975

  • Respetar los derechos de las demás personas

  • Respetar cumplir y obedecer las disposiciones del ordenamiento jurídico, y las órdenes legítimas que, en la esfera de sus atribuciones, dicten los órganos del poder público.

  • Honrar a la Patria y Sus Símbolos

  • Honrar, respetar y obedecer a sus padres, representantes o responsables, siempre que sus ordenes no violen sus derechos y garantías o contravengan el ordenamiento jurídico.

  • Ejercer y defender activamente sus derechos

  • Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas

  • Conservar el medio ambiente

  • Asistir diaria y puntualmente a clases

  • Asumir la responsabilidad de su aprendizaje y actuación estudiantil, mediante el cumplimiento de la actividad prescrita en los programas emanados del Ministerio del Poder Popular Para la Educación vigente y las asignaciones que le sean fijadas.

  • Cuidar su presentación personal, el orden, el aseo, de sus útiles escolares y guardar las reglas y la higiene que le garanticen la preservación de la salud.

  • Asistir diaria y puntualmente a las actividades educativas del Plantel

  • Mantener una actitud de respeto hacia el personal directivo, docente, administrativo y obrero del plantel, así como con sus compañeros.

  • Observar, dentro del Plantel, una conducta cónsona con su condición de alumno y de integrantes de la Comunidad Educativa.

  • Asumir y respetar las decisiones y orientaciones impartidas por el personal Directivo y Docente del Plantel, después de un dialogo y discernimiento.

  • Mantener en buen estado y pulcritud el traje escolar de uso diario que corresponda al día de la semana.

  • Portar diariamente  el traje escolar respectivo, según el día y la actividad que corresponda sin alteración alguna en su presentación.

  • Contribuir al mejoramiento, conservación y mantenimiento del local, dotación y demás bienes del ámbito escolar.

  • Evitar juegos violentos

  • Cumplir con las asignaciones escolares

  • El alumno no debe traer objetos de valor, películas, prendas u otros objetos que no estén relacionados con sus actividades pedagógicas

  • Prestarse al dialogo para esclarecer las cuestiones que se planteen en la vida de la institución.

  • Trascurrir por pasillos y escaleras con orden y compostura

  • No agredir, insultar ni humillar a sus compañeros de estudios

  • Participar activamente en la promoción, y realización de actividades de formación y disfunción cultural, así como los actos cívicos, conmemorativos, deportivos, y en otras actividades que beneficien a la comunidad y propicien las relaciones del plantel con su medio circundante.

  • Los demás que señale la normativa interna del plantel y las autoridades competentes, así como los contemplando en la LOPNA y pertinentes a esta.

 

Artículo 18

Son derechos de los alumnos.

 

  • Desarrollar su personalidad con libertad (LOPNA Art. 28).

  • Ser respetados en su integridad personal: física, psíquica y moral (LOPNA Art. 32).

  • Disfrutar de la libertad de pensamiento, conciencia, y religión, orientada por sus padres, representantes o responsables, de modo que contribuya a su desarrollo integral. (LOPNA Art. 35).

  • Ser respetado por sus educadores (LOPNA Art. 56).

  • Disfrutar del honor, la reputación y la propia imagen, así como del respeto a su vida privada y la intimidad de la vida familiar (LOPNA Art. 65).

  • Expresar su opinión y difundir sus ideas sin más limites que lo establecido para la protección de sus derechos, los derechos de los demás, y el orden publico

  • Opinar y ser oído y que sus opiniones sean tomadas en cuenta (LOPNA Art. 80).

  • Disfrutar de la defensa y el debido proceso (LOPNA ART 88).

  • Ser tratados con humanidad y el respeto que merece su dignidad como personas (LOPNA Art. 89).

  • Recibir una educación integral de calidad utilizar el local, mobiliario, útiles y material de enseñanza del Plantel dentro de las normas establecidas.

  • Debe contar con las oportunidades y servicios educativos que le conduzcan a una formación integral de acuerdo con los ideales del plantel, de tal forman que puedan desarrollar su personalidad y alto sentido de solidaridad social.

  • Ser respetado y  tratados con amabilidad por cada una de las personas de la Comunidad Educativa

  • Los demás que señalen la normativa vigente y las autoridades del Plantel, en concordancia con lo establecido en la LOPNA y pertinentes a estos acuerdos de convivencia.

  • El educando debe ser inscrito por su representante legal u otra persona plenamente autorizada con previa entrevista con el personal directivo.

  • El Centro de Educación Inicial Patriotas de Venezuela, reconocerá como representante legal del educando, para los efectos de inscripciones, retiros, citaciones u otros a la persona que aparece con la firma y cedula correspondiente en el registro o ficha del alumno.

  • Recibir atención educativa en el año escolar durante 200 días hábiles (Art. 49 LOE).

  • Ser orientados justa y oportunamente en los problemas personales, académicos, como en su conducta personal, por las autoridades académicas.

  • Las actividades académicas comienzan cada día a las 7:00 am., y tendrá su culminación a las 12:00 pm. y 3:55 pm. según el turno que corresponda al alumno.

 

 

DEL TRAJE ESCOLAR

Artículo 19

 

  • Los alumnos deben presentarse al colegio vestidos con el traje escolar reglamentario al día que corresponda.  Sin alteración alguna de su presentación De LUNES A JUEVES: Chemisse amarilla, con logotipo del colegio cosido al lado izquierdo, mono azul, zapatos negros. DIA VIERNES: chemisse blanca con logotipo del colegio cosido en la parte izquierda, mono azul, zapatos deportivos.

  • El uniforme debe estar limpio, sin roturas, acorde a la actividad de enseñanza.

Enero 2015 Patriotas de Venezuela

 

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